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Extranjeros residentes podrán votar en las municipales de 2027 en Cúllar Vega

Ciudadanos de la UE y de países con acuerdo de reciprocidad deben manifestar su intención de voto antes de fin de año.

Fachada del Ayuntamiento de Cúllar Vega.
IA

Fachada del Ayuntamiento de Cúllar Vega.

Los ciudadanos de la UE y de países con acuerdo de reciprocidad de voto podrán ejercer su derecho en las próximas Elecciones Municipales del 23 de mayo de 2027 si cumplen los requisitos y se inscriben previamente.

Con motivo de las Elecciones Municipales que se celebrarán el día 23 de mayo de 2027, los ciudadanos de la Unión Europea, no españoles, residentes en España, y los ciudadanos de países con acuerdo de reciprocidad de voto en elecciones municipales (Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago), podrán votar si están incluidos en el censo electoral vigente y son mayores de edad el día de la votación.
Para su inclusión en el censo electoral vigente se requiere la inscripción previa en el Padrón municipal y haber manifestado la voluntad de ejercer el derecho de sufragio activo.
El plazo para manifestar la intención de voto varía: los ciudadanos de la UE tienen hasta el 30 de diciembre de 2026, mientras que los nacionales de países con acuerdo de reciprocidad disponen hasta el 15 de enero de 2027.
Las declaraciones formales pueden realizarse por internet o en el Ayuntamiento de residencia. Los ciudadanos de la UE pueden hacerlo a través de la Sede Electrónica del INE mediante el sistema cl@ve. Para acreditar su identidad, además de la tarjeta de extranjero, se admite el documento de identidad o pasaporte de su país de origen.
Los nacionales de países con acuerdo de reciprocidad pueden presentar su solicitud por internet, correo postal o personalmente en el Ayuntamiento. La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará comunicaciones preimpresas a los residentes extranjeros elegibles a finales de noviembre de 2026, facilitando la tramitación telemática con una clave (CTT).
Para la solicitud online, se accede a la Sede Electrónica del INE con cl@ve o NIE y CTT. Por correo postal, la respuesta se envía a la Delegación Provincial de la OCE sin franqueo. Presencialmente en el Ayuntamiento, se requiere identificación y un certificado de residencia expedido por la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía.
La Dirección General de la Policía es el organismo competente en temas de extranjería. El anuncio se realiza para general conocimiento de todos los ciudadanos interesados.
Información elaborada a partir de la fuente oficial: Ayuntamiento de Cúllar Vega (07/10/2026)