La resolución judicial establece que la normativa de presupuestos no puede limitar las retribuciones básicas ni los complementos establecidos por la Ley de Función Pública de Andalucía. Según el fallo, esta última norma debe prevalecer al aplicar el principio de jerarquía normativa, garantizando que las pagas extraordinarias incluyan todos los conceptos retributivos correspondientes.
El caso, impulsado por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), concluye que la falta de desarrollo normativo por parte de la administración no puede suponer un perjuicio para los trabajadores. La sentencia, que ya es firme, condena a la administración autonómica a reintegrar la cantidad no abonada, cifrada en 664,30 euros, además de los intereses legales devengados desde la paga de junio de 2024.
“"Las pagas extraordinarias no pueden ser limitadas por normativas presupuestarias."
Desde el sindicato han valorado positivamente esta decisión, considerándola un respaldo a sus reivindicaciones históricas sobre la aplicación de la ley autonómica. La resolución abre ahora la posibilidad de que otros empleados públicos en situaciones análogas puedan reclamar el cobro íntegro de sus retribuciones.




