La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Sevilla ha comunicado a los ayuntamientos los procedimientos que deben seguir los vecinos y vecinas de nacionalidad extranjera para participar en las próximas Elecciones Municipales, previstas para el 23 de mayo de 2027.
Los plazos y procedimientos varían según la nacionalidad. Los ciudadanos de otros países de la Unión Europea tienen hasta el 30 de diciembre de 2026 para manifestar su deseo de votar en España. Por su parte, los residentes de países con acuerdos de reciprocidad con España dispondrán de un plazo específico, del 1 de diciembre de 2026 al 15 de enero de 2027, para solicitar su inscripción en el censo electoral.
Los residentes en España con nacionalidad de otro país de la Unión Europea pueden ejercer su derecho al voto en las elecciones municipales si cumplen los requisitos y han manifestado previamente su voluntad de hacerlo en España. Esta manifestación puede realizarse por internet, correo postal o presencialmente en el Ayuntamiento de empadronamiento.
Para el trámite online, se puede acceder a la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE) a través del sistema Cl@ve. Algunas personas recibirán una carta de la Oficina del Censo Electoral con una Clave de Tramitación Telemática (CTT), que facilita el procedimiento por internet. La CTT es una clave personal que permite la identificación telemática para realizar este trámite.
Las personas que hayan recibido la carta con la CTT pueden completar el procedimiento accediendo a la Sede Electrónica del INE, identificándose mediante Cl@ve o con el NIE y la CTT, cumplimentando el formulario y confirmando el envío. El plazo para que esta manifestación de voluntad sea efectiva para las Elecciones Municipales de 2027 concluye el 30 de diciembre de 2026.
El derecho a participar en las elecciones municipales se extiende también a nacionales de ciertos países no pertenecientes a la UE con los que España tiene acuerdos de reciprocidad. Actualmente, estos países incluyen Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago.
Los ciudadanos de estas nacionalidades deben cumplir requisitos como tener al menos 18 años el día de las elecciones, estar inscritos en el padrón municipal, poseer autorización de residencia en España y acreditar el periodo mínimo de residencia legal exigido.
Quienes cumplan los requisitos deberán solicitar su inscripción en el censo electoral entre el 1 de diciembre de 2026 y el 15 de enero de 2027. La solicitud se puede presentar por internet, correo postal o en el Ayuntamiento.
La comunicación oficial advierte que las solicitudes presentadas fuera de plazo serán desestimadas, por lo que se recomienda prestar atención a las fechas y no dejar el trámite para los últimos días.




