La Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, a través de su titular Carolina España, ha recordado la importancia de marcar las casillas correspondientes en el formulario de la renta para aplicar estas deducciones. Es crucial que los contribuyentes se informen previamente, ya que estas ventajas fiscales son exclusivas de la comunidad andaluza y no se aplican de forma automática.
Entre las novedades, destaca la deducción del 15% para gastos de gimnasio, con un límite de 100 euros por contribuyente. Para la celiaquía, se establece una deducción de 100 euros por contribuyente o miembro familiar afectado. En cuanto a los gastos veterinarios, la deducción es del 30% hasta un máximo de 100 euros, aplicable al primer año de convivencia con la mascota, tres años en caso de adopción, y durante toda la vida del animal para perros guía y de acompañamiento terapéutico.
En el ámbito de la vivienda, se ha mejorado la deducción por alquiler, alcanzando el 15% para menores de 35 años, mayores de 65 y víctimas de violencia de género o terrorismo, con un límite que puede llegar a 1.500 euros en casos de discapacidad. También se contempla una deducción del 6% por inversión en vivienda habitual para menores de 35 años o viviendas protegidas, sin límite de edad. Las bases imponibles para estas deducciones oscilan entre 25.000 y 30.000 euros.
Otras deducciones relevantes incluyen 200 euros por nacimiento, adopción o acogimiento familiar de menores sin límite de renta, y 600 euros por adopción internacional. Las familias monoparentales o con personas mayores de 75 años a cargo pueden deducir 100 euros. Las familias numerosas tienen deducciones de 200 o 400 euros, según la categoría. También hay beneficios por gastos educativos (15% hasta 150 euros por hijo), para contribuyentes con discapacidad (150 euros), y por asistencia a personas con discapacidad (hasta 100 euros).
Finalmente, se incluyen deducciones por ayuda doméstica (20% de gastos de Seguridad Social hasta 500 euros), por donativos con finalidad ecológica (10% de lo donado hasta 150 euros), por inversión en acciones y participaciones sociales (20% de las cantidades invertidas), y hasta 200 euros en gastos de defensa jurídica en procedimientos de despido o reclamación de cantidades.




