La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha ratificado las condenas contra un individuo por dañar deliberadamente el coche de su excuñada y por agredirla con puñetazos cuando esta lo sorprendió cometiendo el acto vandálico. Los hechos ocurrieron el 28 de enero de 2019 en la calle Olimpiadas del municipio ejidense.
El acusado, motivado por el deseo de perjudicar el patrimonio de la mujer, procedió a efectuar "diversas rayaduras" en la carrocería del turismo. Al ser recriminado por la propietaria del vehículo, el hombre reaccionó de forma violenta, propinándole dos puñetazos en la cabeza que la hicieron caer al suelo. El ataque también provocó lesiones en el hombro y la rodilla de la víctima, además de romperle las gafas valoradas en 350 euros. Los daños en el vehículo fueron tasados en 2.250 euros.
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería había condenado previamente al agresor a pagar multas de 8 y 10 meses, a razón de ocho euros diarios, por los delitos de lesiones y daños. Se tuvo en cuenta la atenuante de "dilaciones indebidas" por la demora en la resolución del caso. Además de la prohibición de acercarse a su excuñada durante dos años, se le impuso el pago de indemnizaciones a la víctima y a la aseguradora del coche.
La defensa del condenado recurrió la sentencia, solicitando la absolución o, subsidiariamente, la reducción de la cuota diaria de la multa de ocho a cuatro euros. La Audiencia Provincial ha desestimado íntegramente estas peticiones, recordando que la cuota de ocho euros diarios ya se acerca al mínimo legal y que rebajarla significativamente podría convertir el castigo en "meramente simbólico", perdiendo su eficacia preventiva, según la doctrina del Tribunal Supremo.




