La temporada de baño en las playas de Málaga comenzó el pasado 15 de junio y se prolongará hasta el 15 de septiembre. Durante estos meses, los 14 kilómetros de costa de la capital se convierten en un espacio de disfrute para residentes y visitantes, no solo para el baño, sino también para actividades deportivas, comidas y celebraciones.
La ordenanza municipal que regula el uso y disfrute de las playas detalla las acciones permitidas y las prohibidas, abarcando desde el nivel de ruido hasta la distancia de las embarcaciones. En particular, la pesca, tanto desde la orilla como la submarina, enfrenta restricciones significativas durante este periodo.
Específicamente, la pesca estará prohibida en las zonas de baño designadas entre las 10:00 y las 21:00 horas. Esta prohibición se extiende a fechas concretas como la Noche de San Juan (23 y 24 de junio), la noche del Pregón de la Feria en agosto, y el día de la procesión de la Virgen del Carmen. En áreas no consideradas de baño, la pesca se permitirá sin limitaciones temporales ni horarias.
La práctica de la pesca fuera de los lugares, épocas y horarios autorizados se considera una infracción grave. Las sanciones económicas asociadas a estas infracciones pueden oscilar entre los 300 y los 3.000 euros. La cuantía final de la multa se determinará considerando factores como la reincidencia del infractor, el grado de perturbación causada al medio ambiente y a otros usuarios, y la intencionalidad del acto.




