La resolución surge tras una denuncia del PSOE de Málaga, que cuestionó la visita de ambos consejeros el pasado 7 de abril a las obras del Hospital Pascual en la capital malagueña. Según la Junta Electoral, esta acción vulnera el artículo 50.2 de la Ley Electoral General (Loreg), que prohíbe la difusión de logros gubernamentales desde la convocatoria hasta la celebración de las elecciones.
La visita a unas obras hospitalarias con difusión pública no constituye servicios públicos, sino una alusión a realizaciones del gobierno incompatible con el deber de neutralidad que incumbe a los poderes públicos durante el proceso electoral.
El PSOE argumentó en su denuncia que la visita al Hospital Pascual, con convocatoria a medios y declaraciones públicas sobre avances e inversiones, no fue una actuación técnica, sino un acto institucional diseñado para cobertura mediática. Los socialistas señalaron que el contenido de las noticias publicadas tras la visita exaltaba claramente los logros y la gestión del gobierno autonómico.
Esta conducta, según el PSOE, rompe el principio de igualdad y neutralidad de los poderes públicos, al permitir que cargos del Gobierno autonómico utilicen su posición y recursos para proyectar un mensaje político favorable en plena fase electoral. La Junta Electoral Provincial, siguiendo el criterio de la Junta Electoral Central, ha declarado vulnerado el artículo, aunque sin imponer una sanción directa a los consejeros.
Josele Aguilar, secretario general del PSOE de Málaga, ha valorado la resolución y ha exigido al presidente de la Junta de Andalucía y candidato del PP, Juan Manuel Moreno Bonilla, que cese las “trampas” en el periodo electoral. Aguilar calificó las visitas de los consejeros como un “engaño y una estafa”, criticando la “doble moral” de quienes pidieron una campaña limpia.




