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El Gobierno endurece las normas de circulación para patinetes y motos

Se fija en 15 años la edad mínima para conducir patinetes y se obliga al uso de casco, además de otras medidas para motoristas y ciclistas.

Imagen genérica de la rueda de un patinete eléctrico aparcado en una acera de piedra con luz cálida.
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Imagen genérica de la rueda de un patinete eléctrico aparcado en una acera de piedra con luz cálida.

El Gobierno ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación que establece nuevas normas para vehículos de movilidad personal y motoristas, con el objetivo de reforzar la protección de los usuarios vulnerables.

A partir del próximo 1 de octubre, la conducción de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, requerirá una edad mínima de 15 años. Esta normativa, aprobada por el Consejo de Ministros, también impondrá el uso obligatorio del casco para los conductores de estos vehículos, equiparándolos a las exigencias para los ciclistas.
La reforma introduce además la obligatoriedad del uso de guantes para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores, así como de calzado cerrado en todo tipo de vías. Los taxistas, por su parte, deberán llevar siempre puesto el cinturón de seguridad.
Estas medidas, que buscan reforzar la protección de peatones, ciclistas, motociclistas y usuarios de VMP, entrarán en vigor el 1 de octubre, a excepción de la norma sobre el casco homologado para motociclistas, que se aplicará a partir de octubre de 2027.
Por primera vez, el reglamento define formalmente al "usuario vulnerable de la vía" como aquella persona con mayor riesgo de sufrir lesiones graves en caso de accidente debido a su medio de desplazamiento o edad.
Los cambios se agrupan en seis bloques. Para los VMP, además de la edad mínima y el casco, se exigirá chaleco reflectante por la noche o con baja visibilidad, y alumbrado siempre encendido. El incumplimiento se sancionará con 200 euros.
Los ciclistas también verán ampliada la obligatoriedad del casco a todas las vías interurbanas. Se establecen nuevas distancias de seguridad para vehículos a motor y se permite la circulación en ambos sentidos en calles urbanas de un solo carril limitadas a 30 km/h.
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores deberán usar guantes de protección y calzado cerrado, con sanciones de 200 euros por incumplimiento. Se permitirá circular por el arcén derecho en caso de congestión bajo ciertas condiciones.
El equipamiento de protección se refuerza con la eliminación de exenciones al uso del cinturón de seguridad para taxistas y conductores de autoescuela, entre otros.
En vías interurbanas, se exigirá mayor separación y reducción de velocidad al rebasar vehículos parados y se regulará la circulación en caso de nieve o retenciones para facilitar el paso de servicios de emergencia.
En el ámbito urbano, se prohíbe la coincidencia de la luz ámbar intermitente de vehículos con la luz verde peatonal en pasos de semáforo. Se reconoce la figura de los caminos escolares seguros y se regula el estacionamiento de autocaravanas.