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Confirmada condena a familia de Huelva por venta de cocaína desde su domicilio

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratifica la pena de tres años y medio de prisión para tres miembros de una familia onubense.

Imagen de útiles para la venta de drogas, incluyendo una balanza de precisión y dinero en efectivo.
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Imagen de útiles para la venta de drogas, incluyendo una balanza de precisión y dinero en efectivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena de tres años y medio de prisión para tres miembros de una familia de Huelva por vender cocaína desde su domicilio, tras un registro policial en octubre de 2023.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva, que impuso penas de tres años y seis meses de cárcel a tres personas por un delito contra la salud pública. Además de la prisión, cada condenado deberá abonar una multa de 12.000 euros.
Los hechos se remontan a los meses de septiembre y octubre de 2023, cuando el domicilio familiar de los acusados en la capital onubense fue identificado como un punto de venta de estupefacientes. Agentes de la Policía Nacional establecieron un dispositivo de vigilancia tras recibir informes que señalaban la vivienda como un centro de distribución de sustancias, principalmente cocaína.
Durante el registro efectuado el 17 de octubre de 2023, la policía encontró diversas sustancias distribuidas por las habitaciones. Entre lo incautado se hallaron 63 gramos de cocaína con una pureza del 85,64%, así como decenas de envases listos para la venta, pequeñas cantidades de hachís, resina de cannabis y comprimidos de metadona. También se intervinieron una balanza de precisión, útiles para la manipulación de las drogas, armas blancas, anotaciones y 2.360 euros en efectivo, producto de la actividad ilícita. El valor total de la droga en el mercado negro ascendía a 5.240 euros.
El TSJA desestimó el recurso de apelación de la defensa, que argumentaba que la mera convivencia no implicaba participación en el delito. Sin embargo, el tribunal consideró que existían “circunstancias adicionales” que demostraban la implicación de los acusados, como la captación de clientes desde la ventana o el portal y la vigilancia para detectar la presencia policial, llegando incluso a alertar a los compradores para facilitar su salida segura del inmueble.