“"Esta primera impresión de legitimidad —tanto por la identificación del SMS como por el número de teléfono— es suficiente como para no levantar inmediatas sospechas; más aún cuando el defraudador conoce datos que a juicio de un ciudadano medio únicamente pueden ser cometidos por operadores bancarios."
Un juzgado de Granada obliga a un banco a devolver 30.000 euros a un cliente estafado por 'phishing'
La sentencia destaca la "evidente verosimilitud" del engaño, que llevó al cliente a creer que interactuaba con su entidad bancaria.
Por Redacción La Voz de Andalucía
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Imagen genérica de un teléfono móvil mostrando una aplicación bancaria, simbolizando una estafa de phishing.
Un juzgado de Granada ha dictaminado que una entidad bancaria debe reintegrar más de 30.000 euros a un cliente que fue víctima de una sofisticada estafa de 'phishing' en mayo de 2024, donde los ciberdelincuentes obtuvieron préstamos a su nombre.
La resolución judicial, emitida por un Juzgado de Primera Instancia de Granada, subraya que el cliente no incurrió en negligencia grave, dado que el engaño presentaba una "evidente verosimilitud" que le hizo creer que estaba interactuando con su propio banco. Los estafadores lograron acceder a los datos personales del afectado, utilizándolos para solicitar un préstamo de 14.900 euros y otros dos de 5.000 y 1.250 euros, respectivamente.
El abogado Javier López y García de la Serrana, director del bufete HispaColex y representante legal del cliente, explicó a la agencia Europa Press que este caso es particular, ya que este tipo de fraudes rara vez implican la solicitud de préstamos a nombre de la víctima. La defensa argumentó que, a pesar de la diligencia del cliente, el fraude fue inevitable debido a la falta de medidas de seguridad adecuadas por parte del banco.
La entidad bancaria, por su parte, defendió que cumple con todos los requisitos de transparencia y protección, y que las operaciones fueron debidamente autorizadas, atribuyendo la responsabilidad a una "negligencia grave" del cliente. Sin embargo, la magistrada del Juzgado de la Plaza número 6 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Granada desestimó esta alegación, considerando que el mensaje SMS y la llamada inicial, proveniente de Madrid y con un número oficial del banco, generaron una apariencia de legitimidad que dificultó la detección del fraude.



