El procedimiento para la adjudicación del nuevo contrato del agua en Almonte ha sido declarado “nulo de pleno derecho” por el asesor jurídico externo contratado por el propio Ayuntamiento. El dictamen, fechado el 8 de abril y firmado por Francisco Javier Jiménez de Cisneros, catedrático de Derecho Administrativo y abogado, concluye que el proceso desarrollado por la mesa de contratación el 26 de marzo, incluyendo la valoración técnica y la propuesta de adjudicación, está viciado.
El informe, registrado en el Consistorio, analiza las incidencias surgidas durante la sesión de la mesa y confirma las irregularidades previamente señaladas por este periódico. La principal de ellas es la intervención de un segundo asesor técnico externo sin cumplir los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
El dictamen concluye que la mesa vulneró la Ley de Contratos al introducir un segundo consultor sin autorización del Pleno ni publicidad de los técnicos.
El asesor jurídico subraya que, si se hubiera decidido recabar una nueva valoración técnica, se debería haber seguido el mismo procedimiento que con la primera empresa: autorización expresa del órgano de contratación, reflejo en el expediente y publicación de la identidad, formación y experiencia de los técnicos, tal como exige el artículo 326.5 de la LCSP.
El informe rechaza que la mesa pudiera ampararse en la facultad genérica de solicitar “cuantos informes estime convenientes”, aclarando que esta previsión no elimina el régimen específico de garantías impuesto por la ley. La omisión de estos requisitos impidió a los licitadores conocer quién evaluaba sus ofertas y les privó de ejercer derechos como la recusación de los técnicos, vulnerando los principios de transparencia, igualdad y libre concurrencia.
Dado el importe del contrato, superior a los 207 millones de euros, el órgano de contratación competente es el Pleno del Ayuntamiento de Almonte, no la Alcaldía ni la propia mesa. Cualquier autorización para introducir un segundo consultor debía, por tanto, haberse aprobado mediante acuerdo plenario. Tras revisar los acuerdos municipales desde noviembre de 2025, el asesor concluye que “no existe rastro alguno de esa autorización”, lo que determina “la nulidad de la valoración efectuada por la segunda empresa consultora y de todas las actuaciones posteriores” de la mesa en la sesión del 26 de marzo.




