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Mijas bonifica el IBI hasta un 90% para familias numerosas y un 50% por eficiencia energética

El Ayuntamiento aprueba reducciones indefinidas para hogares con tres o más hijos y temporales para quienes instalen sistemas de energía solar o aerotermia.

Imagen genérica de la fachada de una casa andaluza con paredes blancas y tejado de tejas, un balcón con flores, luz solar intensa.
IA

Imagen genérica de la fachada de una casa andaluza con paredes blancas y tejado de tejas, un balcón con flores, luz solar intensa.

El Ayuntamiento de Mijas ha aprobado una bonificación del 90% en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para familias numerosas, con carácter indefinido, y del 50% para quienes instalen sistemas de eficiencia energética en sus viviendas.

El pleno de octubre del Ayuntamiento de Mijas ha validado hoy una modificación de la ordenanza del IBI que establece una bonificación del 90% para las familias numerosas del municipio. Esta medida, que es el máximo legal permitido, se aplicará de manera indefinida y reduce el impuesto al 10% de su tipo normal.
La nueva ordenanza también contempla que cada hijo con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% compute como dos para la consideración de familia numerosa, facilitando el acceso a la bonificación a hogares con mayores gastos. La alcaldesa, Ana Mata, explicó que una familia con un IBI anual de 300 euros pasará de pagar 150 euros con la anterior bonificación del 50% a solo 30 euros.
Además, se bonificará al 50% el IBI a los residentes que instalen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía procedente del sol o de la energía ambiente (aerotermia). Esta bonificación tendrá una duración máxima de tres años.
En cuanto a las viviendas de protección oficial (VPO), se mantiene la bonificación del 50% durante los tres años siguientes a la calificación definitiva. Para periodos posteriores, se reconoce de forma independiente cada ejercicio, suprimiendo el límite máximo de ingresos y la exigencia de haber disfrutado de la bonificación previamente. El beneficio se podrá solicitar mientras la vivienda conserve su calificación de protección oficial, sea la habitual y el propietario esté al corriente de pago con la Hacienda municipal.
Finalmente, se actualiza la regulación de las exenciones para inmuebles de entidades sin ánimo de lucro, conforme a la Ley 49/2002, para facilitar el conocimiento y aplicación de este beneficio fiscal.
Información elaborada a partir de la fuente oficial: Ayuntamiento de Mijas — Noticias (RSS) (28/10/2026)