La Audiencia Provincial de Madrid ha emitido un fallo que ratifica la posibilidad de calificar a una congregación religiosa como "secta destructiva", respaldando así las denuncias de sus exmiembros. Esta decisión judicial, que se ha hecho pública recientemente, considera que tales expresiones están protegidas por la libertad de expresión y se basan en experiencias reales de quienes abandonaron la organización.
La sentencia subraya que los calificativos empleados por los antiguos integrantes de la congregación no son meros insultos, sino "juicios de valor con base fáctica suficiente". Este litigio, que se inició en 2019, ha puesto de manifiesto el deseo de las personas afectadas de "recuperar una relación de afectividad con sus parientes" que aún forman parte de la confesión religiosa.
En la provincia de Almería, se estima que esta congregación cuenta con aproximadamente 2.000 miembros, mientras que a nivel nacional la cifra supera los 120.000. Algunos de estos exmiembros se han organizado en una asociación con el objetivo de "lograr que se cambien los hábitos de la confesión religiosa acomodándose a los valores actuales de las sociedades democráticas".
“"Los jueces consideran además que esas expresiones se encuentran avaladas por las experiencias reales de los antiguos miembros de los testigos, que han contado lo que sufrieron dentro de la secta durante este proceso judicial."
La resolución judicial también destaca que la intención de las personas afectadas no es injuriar, sino realizar una "evidente ánimo de denuncia". A pesar de este pronunciamiento, la congregación ha anunciado su intención de recurrir la sentencia, lo que sugiere que el proceso legal, que ya lleva siete años en marcha, aún no ha llegado a su fin.




