La declaración del concurso llega después de meses en los que han trascendido reclamaciones públicas de clientes de Social Energy. Los afectados relatan haber abonado cantidades importantes por adelantado, en algunos casos la totalidad del precio pactado, sin que las instalaciones de placas solares comprometidas llegaran a ejecutarse o se completaran en los plazos acordados.
Social Energy, con sede en Alcalá de Guadaíra, entra en concurso de acreedores
La empresa sevillana ha solicitado la declaración de insolvencia voluntaria, dejando a decenas de clientes con instalaciones fotovoltaicas sin ejecutar o incompletas.
Por Rafael Ortega Camacho
••2 min de lectura
IA
Imagen genérica de paneles solares en un tejado.
La compañía Senerco Energy Services SL, conocida por su marca Social Energy y con sede en Alcalá de Guadaíra, ha sido declarada en concurso voluntario de acreedores por el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, tras solicitar su propia insolvencia.
La decisión judicial, emitida el 20 de marzo de 2026, responde a la solicitud de la propia empresa, que manifestó encontrarse en una situación de insolvencia actual. Esta declaración se produce en un contexto de numerosas reclamaciones por parte de clientes que habían adelantado pagos para instalaciones fotovoltaicas que no se llegaron a completar o quedaron sin ejecutar.
El juzgado ha establecido el domicilio social de la compañía en la calle Polysol Uno, nave 16, en Alcalá de Guadaíra, presumiendo que este municipio sevillano es el centro de sus intereses principales. Al no ser considerada una microempresa, el procedimiento se tramitará bajo el régimen general de la Ley Concursal.
A pesar de la situación, Senerco Energy Services SL conservará sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, aunque estas estarán bajo la supervisión de un administrador concursal. El juzgado no ha encontrado razones excepcionales para suspender completamente la gestión de la empresa, permitiendo la continuidad de la actividad, pero con la necesidad de autorización o conformidad del administrador para decisiones patrimoniales relevantes.
La fase común del concurso, que ya ha sido abierta, permitirá analizar la situación económica y patrimonial de la empresa, así como revisar activos y pasivos. La cuantificación de la deuda y la masa concursal quedarán pendientes del informe que elabore la administración concursal, Summa Iuris, designada por el juzgado.
Los acreedores disponen de un plazo de un mes desde la publicación del concurso en el Boletín Oficial del Estado para comunicar sus créditos directamente a la administración concursal. Esta medida busca asegurar que todos los afectados, incluidos los clientes con pagos adelantados, puedan hacer valer sus derechos en el proceso.



