Esta indicación se recoge en el Informe Anual de 2025 presentado por Jesús Maeztu, donde se dedica un apartado específico a las “dilaciones en resolver los expedientes de empadronamiento”. El informe subraya que la mayoría de las quejas por retrasos significativos provienen de la ciudad de Córdoba.
Tras tramitar un expediente sobre estos retrasos, el Ayuntamiento informó de medidas de reorganización desde 2022 para mejorar la respuesta de la Unidad de Estadística. Sin embargo, el Defensor detectó que muchos expedientes seguían sin resolverse en el plazo establecido.
En 2025, el Defensor emitió una resolución solicitando al Consistorio que adoptara las acciones necesarias para resolver los expedientes en tres meses. Además, instó a que, si se excede este plazo, se proceda al empadronamiento de los solicitantes por la aplicación del silencio positivo y se emita de oficio el certificado correspondiente.
“"Igualmente se le ha sugerido que se informe a la ciudadanía sobre el derecho de las personas a instar la inscripción por silencio positivo pasados los tres meses desde la fecha de la solicitud."
El Ayuntamiento, en su respuesta, mencionó la contratación de un nuevo aplicativo, previsto para implementarse en noviembre de 2025, con el fin de automatizar procedimientos lentos. Reconocieron dilaciones de hasta “once meses” y expusieron dificultades para cumplir los plazos. No obstante, el Defensor considera que estas dificultades son similares a las enfrentadas por otras capitales de provincia sin una repercusión tan acusada.
Respecto a la recomendación del silencio administrativo positivo, el Ayuntamiento no la acepta, argumentando que el empadronamiento “a ciegas” sin verificación documental podría generar “graves perjuicios a terceros” y “responsabilidades patrimoniales”. El Defensor, por su parte, considera que este pronunciamiento no se ajusta a la normativa de referencia ni a lo expuesto por el propio Consejo de Empadronamiento.




